🏠 Penal > Procesal Penal > Citación
- COMPETENCIA [ 502.1 ]
- EXCEPCIONALIDAD [ 502.2 ]
- REPERCUSIÓN PERSONAL [ 502.3 ]
- AUSENCIA DE DELITO Y CAUSA DE JUSTIFICACIÓN [ 502.4 ]
- REQUISITOS Y FINALIDADES [ 503 ]
- COMPARECENCIA [ 505, 517 ]
- AUTO [ 506, 518 ]
- RECURSOS [ 507 ]
- PRISIÓN PROVISIONAL DOMICILIARIA [ 508.1 ]
- PRISIÓN PROVISIONAL EN DESHABITUACIÓN [ 508.2 ]
- INCOMUNICACIÓN [ 509, 510 ]
- MANDAMIENTO DE PRISIÓN [ 511 ]
- REQUISITORIAS [ 512 a 516 ]
- PIEZA SEPARADA [ 519 ]
PRISIÓN PROVISIONAL DOMICILIARIA.
📕 Artículo 508 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
1. El Juez o Tribunal podrá acordar que la medida de prisión provisional del investigado o encausado se verifique en su domicilio, con las medidas de vigilancia que resulten necesarias, cuando por razón de enfermedad el internamiento entrañe grave peligro para su salud.
El Juez o Tribunal podrá autorizar que el investigado o encausado salga de su domicilio durante las horas necesarias para el tratamiento de su enfermedad, siempre con la vigilancia precisa.
