Delitos societarios

🏠Penal > Penal Especial > Delitos contra el patrimonio > Delitos Societarios



FALSEDAD CONTABLE O DOCUMENTAL.

📕 Artículo 290 del Código Penal.

🧑 Los administradores, de hecho o de derecho [ delito especial propio ],
de una sociedad constituida o en formación,
➕ que falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad,
➕ de forma idónea para causar un perjuicio económico a la misma, a alguno de sus socios, o a un tercero,

serán castigados con la pena de
prisión de 1 a 3 años
y multa de 6 a 12 meses.

Si se llegare a causar el perjuicio económico se impondrán las penas en su mitad superior.


Delito de resultado cortado, susceptible de comisión por acción u omisión y de continuidad delictiva si se afectan varios ejercicios, pero no cuando se afecten varios documentos atinentes al mismo.


📘 Guía La Ley: Delito societario de falseamiento de cuentas.