Actos procesales penales telemáticos

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📕 Artículo 258 bis LECrim. Celebración de actos procesales mediante presencia telemática

1. Constituido el órgano judicial en su sede, los actos de

➗ juicio,
➗ vistas,
➗ audiencias,
➗ comparecencias,
➗ declaraciones
➗ y, en general, todas las actuaciones procesales,

se realizarán preferentemente,

⚠️ salvo que el Juez, en atención a las circunstancias, disponga otra cosa,

mediante presencia telemática,

⚠️ siempre que las oficinas judiciales o fiscales tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello,

con las especialidades previstas en los artículos

325,
731 bis [ disposiciones comunes a las pruebas del juicio oral penal ]
y 306 LECrim.,

de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 229 y artículo 230 LOPJ,

y supletoriamente por lo dispuesto en la el artículo 137 bis de LECiv. [ realización de actuaciones judiciales mediante videoconferencia ]

La intervención mediante presencia telemática se practicará siempre a través de punto de acceso seguro, de conformidad con la normativa que regule el uso de la tecnología en la Administración de Justicia.