🏠 ≡ Penal > REDEME > Reglamento de la Red Judicial de Expertos y Expertas en Gestión de Emergencias y Catástrofes
- Preámbulo.
- Artículo 1. Objetivo de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes.
- Artículo 2. Ámbito territorial y organización de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y de Catástrofes.
- Artículo 3. Selección y nombramiento de los miembros de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes.
- Artículo 4. Funciones de los miembros de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes.
- Artículo 5. Funciones del coordinador/a nacional de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes.
- Artículo 6. Prontuario de Actuación Judicial en Emergencias y Catástrofes.
- Disposición adicional única.
Artículo 5. Funciones del coordinador/a nacional de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes.
El coordinador/a nacional de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes desempeñará las siguientes funciones:
a.- Representar a la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes, fomentando el conocimiento de su existencia por parte de los servicios públicos de intervención y asistencia en emergencias de protección civil.
b.- Promover la efectiva participación del Consejo General del Poder Judicial en la Comisión Técnica Nacional para Sucesos con Víctimas Múltiples y en el Consejo Nacional de Protección Civil, asistiendo a las reuniones que al efecto sea convocado.
c.- Dirigir la confección del Prontuario de Actuación Judicial en Emergencias y Catástrofes, guías y demás instrumentos destinados a facilitar el desempeño de las funciones gubernativas y jurisdiccionales de los miembros de la Carrera Judicial ante emergencias y catástrofes.
d.- Redactar una memoria anual sobre la actividad de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes y sobre su actuación como coordinador/a nacional. La memoria anual será remitida durante el mes de febrero al Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento y efectos oportunos.
