Delitos relativos al mercado y a los consumidores

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📕 Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.

📕 Artículo 278 del Código Penal.

💡 1. El que, para descubrir un secreto de empresa
se apoderare por cualquier medio de datos, documentos escritos o electrónicos, soportes informáticos u otros objetos que se refieran al mismo,
➗ o empleare alguno de los medios o instrumentos señalados en el ↗️ apartado 1 del artículo 197 [ intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación ],

será castigado con la pena de
➕ prisión de 2 a 4 años
➕ y multa de 12 a 24 meses.

Delito común de tipo mixto alternativo, mutilado de dos actos o de peligro.

2. Se impondrá la pena de
➕ prisión de 3 a 5 años
➕ y multa de 12 a 24 meses [ subtipo agravado ]

si se difundieren, revelaren o cedieren a terceros los secretos descubiertos.

3. Lo dispuesto en el presente artículo se entenderá sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder por el apoderamiento o destrucción de los soportes informáticos [ concurso ].


📘 Guía La Ley: Descubrimiento, violación y revelación de secretos de empresa.