🏠 ≡ Penal > Penal Especial > Delitos contra el mercado y los consumidores
- UBICACIÓN SISTEMÁTICA E INTRODUCCIÓN
- DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS DE EMPRESA: ESPIONAJE INDUSTRIAL [ 278 a 280 ]
- DELITOS CONTRA LA DISCIPLINA DE MERCADO Y DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
- DELITOS CONTRA LA DISCIPLINA DE MERCADO [ 281 ]
- DELITO PUBLICITARIO [ 282 ]
- ESTAFA DE INVERSORES [ 282 bis ]
- FACTURACIÓN FRAUDULENTA EN PERJUICIO DE LOS CONSUMIDORES [ 283 ]
- MAQUINACIONES PARA ALTERAR EL PRECIO DE MERCADO DE LAS COSAS [ 284, 285 ter, 285 quater ]
- UTILIZACIÓN FRAUDULENTA DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA [ 285 a 285 quater ]
- FRAUDE EN EL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES [ 286 ]
- PROCEDIBILIDAD [ 287 ]
- PUNIBILIDAD: EXCUSA ABSOLUTORIA POR VÍNCULO FAMILIAR [ 268 ]
- PUBLICACIÓN DE LA SENTENCIA [ 288 ]
- DELITO COMETIDO POR PERSONA JURÍDICA [ 288 ]
PUNIBILIDAD: EXCUSA ABSOLUTORIA POR VÍNCULO FAMILIAR.
📕 Artículo 268 del Código Penal.
1. Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación, o abuso de la vulnerabilidad de la víctima, ya sea por razón de edad, o por tratarse de una persona con discapacidad.
2. Esta disposición no es aplicable a los extraños que participaren en el delito.
Si bien sistemáticamente la excusa absolutoria se ubica en el Capítulo X -Disposiciones comunes a los capítulos anteriores- del Título XIII -Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico- del Libro II del Código Penal -Delitos y sus penas-, de modo que no alcanzaría los capítulos siguientes XI -De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores-, XII -De la sustracción de cosa propia a su utilidad social o cultural- XIII -De los delitos societarios- XIV -De la receptación y el blanqueo de capitales-, entiendo que su tenor literal -«por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí«-, juntamente con la interpretación más beneficiosa para el reo que es piedra angular de la aplicación de la Ley Penal, abonan la aplicación de la excusa absolutoria a los delitos contra la propiedad intelectual.