📝 MUL 53-6 Auto fraccionando multa

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FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El Tribunal, por causa justificada, podrá autorizar el pago de la multa dentro de un plazo que no exceda de 2 años desde la firmeza de la sentencia, bien de una vez o en los plazos que se determinen. En este caso, el impago de 2 de ellos determinará el vencimiento de los restantes (artículo 50.6 del Código Penal).

SEGUNDO.- En el caso examinado, son de atender las razones justificativas expresadas en la petición, lo que conduce a autorizar el fraccionamiento del pago de la multa impuesta.

En virtud de cuanto antecede, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,