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SUPUESTO DE HECHO.
D. Abel, mayor de edad, sin antecedentes penales, funcionario del Estado, fue nombrado presidente y titular del órgano de contratación de la Confederación de Parqués Eólicos del Sur-Este. D. Abel otorgó contratos de obras a sociedades con cuyos representantes se había puesto de acuerdo a cambio de dinero o de prestaciones de trabajo en sus propiedades, contraviniendo lo establecido en el artículo 162.3 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público que obliga a dispensar el mismo trato a todos los que concurren a realizar un contrato con la Administración. En virtud de estos acuerdos D. Abel adjudicó las siguientes obras con las empresas con las que previamente se había puesto de acuerdo:
1.- Adjudicaciones a Construcciones Rodríguez S.L:
a) Expediente NUM000. «Explanación y acondicionamiento de terrenos para instalación de generadores eólicos «.
b) Expediente NUM001. «Instalación de generadores eólicos”.
El socio mayoritario de esta sociedad, Juan, mayor de edad, sin antecedentes penales, entregó a D. Abel 12.000 euros, en tres entregas, por las anteriores adjudicaciones.
2.- Adjudicaciones a Cementera Lisole, S.L:
a) Expediente NUM000. “Compra de bloques de cemento para la instalación de generadores eólicos”
b) Expediente NUM001. “Compra de postes para la instalación de generadores eólicos”.
c) Expediente NUM002. “Compra de adoquines para la instalación del parque eólico”.
El representante de esta sociedad, Lucas, mayor de edad, sin antecedentes penales, entregó a D. Abel un total de 15.000 euros, en dos entregas, por las anteriores adjudicaciones.
3.- Adjudicaciones a Movimientos de Tierras S.L:
a) Expediente NUM010. “Excavaciones y extracción de tierra para instalación de generadores eólicos «.
b) Expediente NUM011. «Obras para la prevención de daños en el parque eólico por inundación, avalanchas u otras causas sobrevenidas».
c) Expediente NUM012. «Obras de conservación del parque eólico”.
d) Expediente NUM013. “Explanación de terrenos para la creación de caminos de acceso al parque eólico”.
El representante, de esta sociedad, Carlos, mayor de edad, sin antecedentes penales, entregó a D. Abel 19.000 euros, en tres entregas, por las anteriores adjudicaciones.
CUESTIONES.
1.- ¿QUÉ DELITO O DELITOS HAN COMETIDO ABEL, JUAN, LUCAS Y CARLOS? EXPLIQUE SU VALORACIÓN ATENDIENDO AL CÓDIGO PENAL (o sea, atendiendo a los elementos del tipo delictivo de que se trate tal y como vienen descritos en el C.p.).
2.- ¿CUÁLES SON LAS PARTICULARIDADES MÁS IMPORTANTES EN ESTE CASO RESPECTO DE ALGUNA INSTITUCIÓN JURÍDICO-PENAL? (a título orientativo: estructura del tipo, naturaleza jurídica, grado de ejecución, concursos, circunstancias modificativas de la responsabilidad).
RESOLUCIÓN.
⚖️ Sentencia de la Sala 2ª del Tribunal Supremo 549/2023, de 5-7-2023, Ponente Excmo. Sr. D. Pablo Llarena Conde, ECLI:ES:TS:2023:3076
