Reglamento de la Red Judicial de Expertos y Expertas en Gestión de Emergencias y Catástrofes

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Artículo 2. Ámbito territorial y organización de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y de Catástrofes.

La Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y de Catástrofes, de ámbito nacional, estará compuesta: 

a.- Por un total de 39 miembros de la Carrera Judicial repartidos de la siguiente forma: 

3 miembros en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León.

3 miembros en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

4 miembros en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, debiendo 1 de sus miembros designarse para actuar en el ámbito territorial de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

2 miembros en cada uno de los restantes Tribunales Superiores de Justicia.

1 miembro en la Audiencia Nacional.

b.- Por un coordinador/a nacional que será designado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de entre los miembros de la Red Judicial de Expertos en Gestión de Emergencias y Catástrofes. La condición de coordinador/a nacional de la Red se perderá por expiración del mandato, salvo renovación, por renuncia o, en cualquier momento, por acuerdo motivado de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial. Cuando el coordinador/a de la Red pierda su condición de Juez/a de Instrucción, perderá también su condición de coordinador/a de la Red salvo que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acuerde lo contrario, atendidas las circunstancias concurrentes.