Usurpación de atribuciones

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ARROGACIÓN DE ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS O IMPEDIMENTO DE SU EJERCICIO.

📕 Artículo 507 del Código Penal.

🧑‍⚖️ El Juez o Magistrado [ delito especial propio ]

que se arrogare atribuciones administrativas de las que careciere,
o impidiere su legítimo ejercicio por quien las ostentare,

será castigado con la pena de ➕ prisión de 6 meses a 1 año, multa de 3 a 6 meses ➕ y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 1 a 3 años.


▪️ Comisible por dolo eventual.

▪️ Tipo especial frente al delito de prevaricación judicial.