Usurpación de atribuciones

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USURPACIÓN DE ATRIBUCIONES LEGISLATIVAS.

📕 Artículo 506 del Código Penal.

🧑 La Autoridad o funcionario público [ delito especial propio ] que,

⚠️careciendo de atribuciones para ello,
dictare una disposición general o suspendiere su ejecución [ exige una conducta activa, dolo directo ],

será castigado con la pena de ➕ prisión de 1 a 3 años, multa de 6 a 12 meses ➕ e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 a 12 años.