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ARROGACIÓN DE ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS O IMPEDIMENTO DE SU EJERCICIO.
📕 Artículo 507 del Código Penal
🧑 El Juez o Magistrado [ delito especial propio ]
➕ que se arrogare atribuciones administrativas de las que careciere,
➕ o impidiere su legítimo ejercicio por quien las ostentare,
será castigado con la pena de
➕ prisión de 6 meses a 1 año,
➕ multa de 3 a 6 meses
➕ y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 1 a 3 años.
▪️ Comisible por dolo eventual.
▪️ Tipo especial frente al delito de prevaricación judicial.
