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- PREVARICACIÓN DOLOSA [ 446 ]
- PREVARICACIÓN POR IMPRUDENCIA GRAVE O IGNORANCIA INEXCUSABLE [ 447 ]
- NEGATIVA A JUZGAR [ 448 ]
- RETARDO MALICIOSO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA [ 449 ]
PREVARICACIÓN DOLOSA.
📕 Artículo 446 del Código Penal.
El Juez o Magistrado que,
a sabiendas, [dolo directo],
dictare sentencia o resolución injusta será castigado:
1.º Con la pena de prisión de 1 a 4 años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito grave o menos grave y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse,
y con la misma pena en su mitad superior y multa de 12 a 24 meses si se ha ejecutado.
En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de 10 a 20 años.
2.º Con la pena de multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 a 10 años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por delito leve.
3.º Con la pena de multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 10 a 20 años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas.