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LIBRO II. Delitos y sus penas [ 138 a 616 quater ]
TÍTULO XI. Delitos contra el honor [ 205 a 216 ]
CAPÍTULO I. De la calumnia [ 205 a 207 ]
TIPO [ 205 ]
PENALIDAD [ 206 ]
EXCEPTIO VERITATIS [ 207 ]
CAPÍTULO II. De la injuria [ 208 a 210 ]
TIPO [ 208 ]
PENALIDAD [ 209 ]
EXCEPTIO VERITATIS [ 210 ]
CAPÍTULO III. Disposiciones generales [ 211 a 216 ]
PUBLICIDAD Y RESPONSABILIDAD CIVIL [ 211, 212 ]
PRECIO, RECOMPENSA O PROMESA [ 213 ]
RETRACTACIÓN [ 214 ]
REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD [ 215, 804 LECrim. ]
EXCUSA ABSOLUTORIA [ 215 ]
PUBLICACIÓN Y DIVULGACIÓN DE LA SENTENCIA [ 216 ]
↗️ PRESCRIPCIÓN [ 131 ]
El derecho al honor consiste en el derecho al respeto y al reconocimiento de la dignidad personal.
Sentido subjetivo o de autoestima y sentido objetivo o de reputación.
El bien jurídico protegido lo es frente a expresiones o manifestaciones que hagan desmerecer en la consideración ajena al ir en descrédito o menosprecio de la persona o que sean tenidas en el concepto público por afrentosas.
Es propio de todas las personas y últimamente se ha reconocido a las jurídicas de derecho privado.
La lesión al honor de los difuntos no existe, lo es a su memoria.
Existen especialidades en cuanto a injurias y calumnias al Jefe del Estado, altos órganos institucionales, ejércitos y fuerzas y cuerpos de seguridad, grupos por su ideología, religión o creencias o ultrajes a España.
📕 Constitución Española, artículo 18.
➕ CONTENIDOS
✍️ Procedimiento penal por injuria y calumnia contra particulares
