Omisión del deber de socorro

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OMISIÓN DE PETICIÓN DE SOCORRO.

📕 Artículo 195 del Código Penal

1. […] será castigado con la pena de multa de 3 a 12 meses

2. […] el que,

impedido de prestar socorro,

🔴 no demande con urgencia auxilio ajeno.

3. Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio,

la pena será de prisión de 6 meses a 18 meses,

y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de 6 meses a 4 años [ subtipo agravado ].


▪️ La urgencia de la petición de auxilio está en función de las posibilidades del obligado.

▪️ La petición debe dirigirse a quien puede prestar el auxilio y, en caso de negativa, a tercero, sin perjuicio de la responsabilidad del primeramente solicitado.