🏠 Delitos relativos a la propiedad industrial
- UBICACIÓN SISTEMÁTICA E INTRODUCCIÓN
- USO ILEGAL DE PATENTE Y MODELO DE UTILIDAD [ 273.1 ]
- USURPACIÓN Y UTILIZACIÓN DE PROCEDIMIENTO OBJETO DE UNA PATENTE [ 273.2 ]
- USO ILÍCITO DE MODELO O DIBUJO INDUSTRIAL O ARTÍSTICO O TOPOGRAFÍA DE UN MODELO SEMICONDUCTOR [ 273.3 ]
- FABRICACIÓN E IMPORTACIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS [ 274.1 a) ]
- COMERCIO DE PRODUCTOS O SERVICIOS CON SIGNOS DISTINTIVOS [ 274.1 b) y 2 ]
- SUPUESTO ATENUADO: VENTA AMBULANTE U OCASIONAL [ 274.3 ]
- FABRICACIÓN O COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS VEGETALES PROTEGIDOS [ 274.4 ]
- USO INDEBIDO DE DENOMINACIÓN DE ORIGEN O INDICACIÓN GEOGRÁFICA REPRESENTATIVA DE CALIDAD [ 275 ]
- SUPUESTOS AGRAVADOS [ 276 ]
- DIVULGACIÓN DE SOLICITUD DE PATENTE SECRETA EN PERJUICIO DE LA DEFENSA NACIONAL [ 277 ]
- PUNIBILIDAD: EXCUSA ABSOLUTORIA POR VÍNCULO FAMILIAR [ 268 ]
- PUBLICACIÓN DE LA SENTENCIA [ 288 ]
- DELITO COMETIDO POR PERSONA JURÍDICA [ 288 ]
PUNIBILIDAD: EXCUSA ABSOLUTORIA POR VÍNCULO FAMILIAR.
📕 Artículo 268 del Código Penal.
1. Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación, o abuso de la vulnerabilidad de la víctima, ya sea por razón de edad, o por tratarse de una persona con discapacidad.
2. Esta disposición no es aplicable a los extraños que participaren en el delito.
Si bien sistemáticamente la excusa absolutoria se ubica en el Capítulo X -Disposiciones comunes a los capítulos anteriores- del Título XIII -Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico- del Libro II del Código Penal -Delitos y sus penas-, de modo que no alcanzaría los capítulos siguientes XI -De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores-, XII -De la sustracción de cosa propia a su utilidad social o cultural- XIII -De los delitos societarios- XIV -De la receptación y el blanqueo de capitales-, entiendo que su tenor literal -«por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí«-, juntamente con la interpretación más beneficiosa para el reo que es piedra angular de la aplicación de la Ley Penal, abonan la aplicación de la excusa absolutoria a los delitos contra la propiedad intelectual.