Delitos relativos a la propiedad industrial

🏠 Delitos relativos a la propiedad industrial


COMERCIO DE PRODUCTOS O SERVICIOS CON SIGNOS DISTINTIVOS.

📕 Artículo 274 del Código Penal.

1. Será castigado con las penas de 1 a 4 años de prisión y multa de 12 a 24 meses el que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro,

a) […]

b) ofrezca, distribuya, o comercialice al por mayor productos que incorporen un signo distintivo idéntico o confundible con aquel, o los almacene con esa finalidad, cuando se trate de los mismos o similares productos, servicios o actividades para los que el derecho de propiedad industrial se encuentre registrado.

2. Será castigado con las penas de 6 meses a 3 años de prisión el que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro, ofrezca, distribuya o comercialice al por menor, o preste servicios o desarrolle actividades, que incorporen un signo distintivo idéntico o confundible con aquél, cuando se trate de los mismos o similares productos, servicios o actividades para los que el derecho de propiedad industrial se encuentre registrado.

La misma pena se impondrá a quien reproduzca o imite un signo distintivo idéntico o confundible con aquél para su utilización para la comisión de las conductas sancionadas en este artículo.

[…].

▪️ La distinción penológica es según se lleve a cabo la conducta al por mayor o al por menor.

▪️ Comprende el rótulo del establecimiento o el nombre comercial.

▪️ Quien realiza las dos conductas del artículo sólo comete un delito, pero lo consuma producida la primera de ellas.