Torturas y otros delitos contra la integridad moral

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TRATOS DEGRADANTES.

📕 Artículo 173 del Código Penal

1. El que
infligiera a otra persona un trato degradante,
menoscabando ⚠️ gravemente su integridad moral,

será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 2 años.

▪️ Por trato degradante habrá de entenderse aquel que pueda crear en las víctimas sentimientos de temor, de angustia y de inferioridad, susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso, su resistencia física o moral.

▪️ Basta un acto atentatorio si es grave, no se precisa reiteración.

▪️ Tipo residual.

📘 Guía La Ley: Trato degradante

Igual pena se impondrá a quienes,
teniendo conocimiento del paradero del cadáver de una persona,
oculten de modo reiterado tal información a los familiares o allegados de la misma.

Párrafo introducido por Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre [ Vigencia 12-1-2023 ]

Defectuosa redacción que exige una actitud activa en quien oculta [ reiterar ], en lugar de una pasiva de mantenimiento en la decisión de no revelar el paradero del cadáver [ persistir ], que entiendo desajustada a la voluntad legislativa expresada en el ordinal IV del Preámbulo de la Ley.

📘 Guía La Ley: Ocultación del paradero de un cadáver
Párrafo reordenado por Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril [ Vigencia 29-4-2023 ]

Con la misma pena serán castigados los que,
en el ámbito de cualquier relación laboralo funcionarial
y prevaliéndose de su relación de superioridad,

realicen contra otro
⚠️ de forma reiterada
actos hostiles o humillantes que,
⚠️ sin llegar a constituir trato degradante,
supongan grave acoso contra la víctima.

▪️ La repetición ha de tener lugar en breves espacios de tiempo.

▪️ Problemas de colisión con el acoso.

📘 Guía La Ley: Acoso laboral

Se impondrá también la misma pena al que
⚠️ de forma reiterada
lleve a cabo actos hostiles o humillantes que,
⚠️ sin llegar a constituir trato degradante,
tengan por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda.

📘 Guía La Ley: Hostigamiento inmobiliario

Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis, una persona jurídica sea responsable de los delitos comprendidos en los 3 párrafos anteriores, se le impondrá la pena de multa de 6 meses a 2 años. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los Jueces y Tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.

Párrafo añadido por Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

📕 Artículo 175 del Código Penal.

🧑 La Autoridad o funcionario público que,
abusando de su cargo
➕ y fuera de los casos comprendidos en el artículo anterior [ torturas ],

atentare contra la integridad moral de una persona

será castigado con la pena de
➗ prisión de 2 a 4 años si el atentado fuera grave,
➗ y de prisión de 6 meses a 2 años si no lo es.
➕ Se impondrá, en todo caso, al autor, además de las penas señaladas, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 2 a 4 años.

Delito especial impropio.

📘 Guía La Ley: Atentado contra la integridad moral por Autoridad o funcionario público


📝 Investigación de las denuncias de tortura en dependencias policiales (9-2-2023)

📝 El delito de maltrato habitual del artículo 173 del Código Penal (16-11-2021)

📝 Condena por acoso laboral o mobbing, con suicidio de la víctima. Perfiles típicos y frontera con el homicidio (2-9-2021)