Permítanme guardar para mí, por aquello de la obligada autocontención que debe ser propia de mi profesión, la opinión que me merece la nueva imposición de llevar mascarillas en espacios al aire libre y la de quienes así lo han dispuesto.
Me voy a limitar a decir que dentro de las excepciones legales, se contiene la siguiente: «En el exterior, durante la práctica de deporte individual».
Como segunda acepción de la palabra deporte, recoge la Real Academia Española de la Lengua, la siguiente: «Recreación, pasatiempo, placer, diversión o ejercicio físico, por lo común al aire libre».
De modo que, caminar por la calle, a mi entender, no está sujeto a obligación de portar mascarilla.
Y, como decían los clásicos: esta es mi opinión, que someto a cualquier otra mejor fundada en Derecho.
Feliz Navidad, a pesar del Gobierno.
Jorge-Oswaldo Cañadas Santamaría.