Para denegar la concesión del permiso de compatibilidad a un empleado público, debe percibir un complemento que remunere expresamente la incompatibilidad 18-12-2019 El Tribunal Supremo fija doctrina sobre las compatibilidades de los empleados públicos para realizar actividades privadas. La Sala Tercera establece que para denegar su concesión deben percibir un complemento que remunere expresamente la incompatibilidad (CGPJ) Comparte: Compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram Comparte en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Enviar un enlace a un amigo por correo electrónico (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico Imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir Más Compartir en Reddit (Se abre en una ventana nueva) Reddit Haz clic en Pinterest (Se abre en una ventana nueva) Pinterest Compartir en Pocket (Se abre en una ventana nueva) Pocket Compartir en Tumblr (Se abre en una ventana nueva) Tumblr Me gusta Cargando...