Residencia habitual en España a efectos de IRPF. No la tienen los estudiantes becados que pasen más de 183 días al año en el extranjero 13-12-2017 El Tribunal Supremo establece que Hacienda no puede cobrar el IRPF a estudiantes becados que pasen más de 183 días al año en el extranjero (CGPJ) 26-12-2017 Varapalo del TS a Hacienda: basta con 183 días en el extranjero para ser no residente. La Agencia Tributaria lo interpretaba de forma subjetiva. Una sentencia del Supremo, que crea jurisprudencia, ha dictado que para ser considerado a ojos de Hacienda no residente basta con vivir 183 días en el exterior, sin más criterios (El Confidencial) Comparte: Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico Haz clic para imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir Más Haz clic para compartir en Reddit (Se abre en una ventana nueva) Reddit Haz clic para compartir en Pinterest (Se abre en una ventana nueva) Pinterest Haz clic para compartir en Pocket (Se abre en una ventana nueva) Pocket Haz clic para compartir en Tumblr (Se abre en una ventana nueva) Tumblr Me gusta Cargando... Publicado por Jorge Cañadas Director General de Justicia del Gobierno de Aragón. Magistrado (s.e.). Profesor Tutor UNED Teruel. Ver todas las entradas de Jorge Cañadas