Encuestas electorales

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📕 Instrucción 3/2019, de 4 de marzo, de la JEC, sobre consecuencias de la simultaneidad en la celebración de las elecciones generales de 28 de abril de 2019 y de las elecciones locales, autonómicas y europeas de 26 de mayo de 2019, en lo que se refiere a la regulación de la campaña electoral.

🗓️ 6-3-2019.

1º.- Objeto.

El objeto de esta Instrucción es fijar criterios interpretativos respecto a la normativa reguladora de la campaña electoral en el caso de simultaneidad de varios procesos electorales de ámbito nacional, como va a suceder con motivo de las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado de 28 de abril de 2019, y de las elecciones locales, autonómicas y europeas de 26 de mayo de 2019.

4º.- La prohibición de publicación, difusión o reproducción de encuestas electorales (artículo 69.7 de la LOREG).

La prohibición de publicar, difundir o reproducir sondeos electorales por cualquier medio de comunicación durante los 5 días anteriores al de la votación, establecida en el artículo 69.7 de la LOREG, debe entenderse aplicable a todos los procesos electorales convocados.

En consecuencia, la prohibición establecida respecto de las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado afectará a las encuestas electorales relativas a las elecciones locales, autonómicas y europeas.