🏠 ≡ Penal > Procesal Penal > Competencia de los Tribunales Penales
- IMPRORROGABILIDAD DE LA JURISDICCIÓN [ 8 ]
- EXTENSIÓN DE LA COMPETENCIA [ 9 ]
- EXCEPCIONES A LA COMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN PENAL [ 10 ]
- CAUSAS CON AFORADOS [ 11, 12, 16 ]
- PRIMERAS DILIGENCIAS [ 13 ]
- INSTRUCCIÓN [ 14.1 y 2 ]
- PENAL [ 14.3 ]
- AUDIENCIA PROVINCIAL [ 14.4 ]
- VIOLENCIA SOBRE LA MUJER [ 14.5 y 7, 15 bis ]
- VIOLENCIA CONTRA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA [ 14.6 y 7 ]
- CONCURRENCIA DE PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS [ 14 bis ]
- LUGAR DE COMISIÓN DESCONOCIDO [ 15 ]
- DELITOS CONEXOS [ 17 ]
- COMPETENCIA EN DELITOS CONEXOS [ 18 ]
- DELITOS CONEXOS EN VIOLENCIA SOBRE LA MUJER [ 17 bis ]
VIOLENCIA SOBRE LA MUJER.
Fuera de los casos que expresa y limitadamente atribuyen la Constitución y las leyes a Jueces y Tribunales determinados, serán competentes:
5. Las Secciones de los Tribunales de Instancia con competencia en materia de violencia sobre la mujer conocerán:
a) De la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos recogidos en los títulos del Código Penal relativos a
➗ homicidio,
➗ aborto,
➗ lesiones,
➗ lesiones al feto,
➗ delitos contra la libertad,
➗ delitos contra la integridad moral,
➗ contra la libertad e indemnidad sexual,
➗ contra la intimidad y el derecho a la propia imagen,
➗ contra el honor
➗ o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación,
🧑 siempre que se hubiesen cometido
➗ contra quien sea o haya sido su esposa,
➗ o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia,
➗ así como de los cometidos sobre los descendientes, propios o de la esposa o conviviente,
➗ o sobre los menores o personas con discapacidad
▪️ que con él convivan
▪️ o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de la esposa o conviviente,
⚠️ cuando también se haya producido un acto de violencia de género.
b) De la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por cualquier delito contra las relaciones familiares,
🧑 cuando la víctima sea alguna de las personas señaladas en la letra anterior.
c) De la adopción de las correspondientes órdenes de protección a las víctimas,
⚠️ sin perjuicio de las competencias atribuidas al Juez de guardia.
d) Del conocimiento y fallo de los delitos leves que les atribuya la Ley,
🧑 cuando la víctima sea alguna de las personas señaladas como tales en la letra a).
e) Dictar sentencia de conformidad con la acusación en los casos establecidos por la Ley.
f) De la emisión y la ejecución de los instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea que les atribuya la Ley.
g) De la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por el delito de quebrantamiento previsto y penado en el artículo 468 del Código Penal
🧑 cuando la persona ofendida por el delito cuya condena, medida cautelar o medida de seguridad se haya quebrantado sea o haya sido
➗ su esposa,
➗ o mujer que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia,
➗ así como los descendientes, propios o de la esposa o conviviente,
➗ o sobre los menores o personas con discapacidad con medidas de apoyo
▪️ que con él convivan
▪️ o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de la esposa o conviviente,
➗ así como cuando la persona ofendida lo sea por alguno de los delitos señaladas en la letra h) de este apartado.
h) De la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal
➕ por los delitos contra la libertad sexual previstos en el título VIII del libro II del Código Penal,
➕ por los delitos de mutilación genital femenina,
➕ matrimonio forzado,
➕ acoso con connotación sexual
➕ y la trata con fines de explotación sexual,
🧑 cuando la persona ofendida por el delito sea mujer.
[…]
7. En caso de que los hechos objeto de instrucción por la Sección de Violencia contra la Infancia y Adolescencia también pudieran ser conocidos por la Sección de Violencia sobre la Mujer, la competencia le corresponderá en todo caso a la segunda.
En el caso de que se trate de algunos de los delitos o faltas cuya instrucción o conocimiento corresponda al Juez de Violencia sobre la Mujer,
🔴 la competencia territorial vendrá determinada por el lugar del domicilio de la víctima,
⚠️ sin perjuicio de la adopción de la orden de protección, o de medidas urgentes del artículo 13 de la presente Ley que pudiera adoptar el Juez del lugar de comisión de los hechos.
