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- LA TIPICIDAD COMO CATEGORÍA DEL DELITO
- LA TIPICIDAD
- EVOLUCIÓN DE LA CATEGORÍA DE LA TIPICIDAD Y DE SU RELACIÓN CON LA ANTIJURIDICIDAD
- CONCEPTO DE TIPO
- EXCLUSIÓN DEL TIPO
- ESTRUCTURA Y CLASIFICACIÓN DE LOS TIPOS
- DIFERENCIAS ENTRE EL RESULTADO TÍPICO, EL RESULTADO VALORATIVO Y LAS CUALIDADES DE LA ACCIÓN: LOS CONCEPTOS DE RESULTADO, LESIÓN, PELIGRO ABSTRACTO Y PELIGRO CONCRETO
- TIPO OBJETIVO DEL DELITO DE ACCIÓN DOLOSO
- TIPO SUBJETIVO DEL DELITO DE ACCIÓN DOLOSO
- TIPO DEL DELITO IMPRUDENTE
- TIPOS DE LO INJUSTO DE LOS DELITOS DE OMISIÓN
- LOS TIPOS DELICTIVOS OMISIVOS EN EL SENO DE LA TEORÍA JURÍDICA DEL DELITO
- CLASIFICACIÓN DE LOS TIPOS DE LO INJUSTO DE LOS DELITOS DE OMISIÓN
- LOS DELITOS PROPIOS DE OMISIÓN O DE OMISIÓN PURA
- LOS DELITOS DE OMISIÓN Y RESULTADO
- LO INJUSTO PERSONAL DE LOS DELITOS DE OMISIÓN: DESVALOR DE LA OMISIÓN Y DESVALOR DEL RESULTADO
ELEMENTOS OBJETIVOS DEL TIPO DE ACCIÓN DOLOSO.
El primer elemento del tipo del delito de acción doloso es la acción y pertenecen a ella todos pero sólo aquellos efectos que están comprendidos en la voluntad de realización del sujeto.
Puede incluir determinadas características del objeto de la acción, de la víctima, de las formas de ejecución o del tiempo o lugar de realización del delito.
Las especificaciones del sujeto activo, que dan lugar a delitos especiales [ propios e impropios ], serán relevantes para la participación de terceros ajenos a los indicados.
En la descripción de la conducta pueden concurrir elementos descriptivos [ organolépticos ] y normativos
- Ej. hurto [ cosa mueble y ajenidad ].
El tipo puede describir la realización de una acción [ delito de actividad ] o la producción de un resultado [ delito de resultado ], en cuyo caso pertenecen al tipo la conducta, el resultado y la relación de causalidad conforme a la teoría de la equivalencia de las condiciones, así como que la conducta no se considere socialmente adecuada [ necesidad de utilización y consumo de los bienes jurídicos en la vida diaria ] y que se den los criterios de la imputación objetiva de la conducta y el resultado.
