Colaboración de los LAJ y del personal al servicio de la Administración de Justicia en la inspección de Tribunales

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Tercero.- Seguimiento de las medidas de control, recomendaciones y propuestas de mejora comunicadas por el Servicio de Inspección a los Órganos Judiciales que impacten en la actividad de las Oficinas Judiciales y del personal que presta servicio en las mismas.

Los Directores de los Servicios Comunes de Tramitación que asistan a las plazas judiciales objeto de inspección emitirán un informe dirigido a la Secretaría de Gobierno sobre el desarrollo de la inspección en lo atinente a la Oficina Judicial, comunicando las recomendaciones, medidas correctoras propuestas por el servicio o equipo de inspección y una valoración de la mismas. Así mismo, informarán del plan de contingencia adoptado para paliar las deficiencias detectadas o las propuestas conducentes a ello.

La Secretaría de Gobierno trasladará el informe y, en su caso, el plan de contingencia con su valoración, a la Secretaría General para la Administración de Justicia a los efectos oportunos.