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- PRESUPUESTOS [ 588 septies a ]
- DEBER DE COLABORACIÓN [ 588 septies b ]
- DURACIÓN [ 588 septies c ]
DURACIÓN.
📕 Artículo 588 septies c) LECrim.
La medida tendrá una duración máxima de 1 mes, prorrogable por iguales períodos hasta un máximo de 3 meses.
Los plazos de duración que se establecen para el registro remoto sobre equipos informáticos se computarán siempre desde la fecha del auto por el que se acuerde la medida y no desde la fecha de efectividad de la misma [ Circular FGE 5/2019, conclusión 25ª ].
