Ejecución de hacer y no hacer

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REQUERIMIENTO Y PLAZO.

📕 Art.705 LECiv. Requerimiento y fijación de plazo

Si el título ejecutivo obliga a hacer alguna cosa, el Tribunal requerirá al deudor para que la haga dentro de un 🗓️ plazo que fijará según la naturaleza del hacer y las circunstancias que concurran. A petición del ejecutante y a su costa, el LAJ podrá delegar en el o la profesional de la Procura de aquél la práctica de dicho requerimiento.

Ampliado por Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia [ Vigencia 3-4-2025 ]