El Derecho penal en el ordenamiento jurídico. El principio de legalidad y las fuentes del Derecho penal

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LEGALIDAD MATERIAL.

Garantía de taxatividad y proceso legislativo de tipificación: el legislador debe evitar términos vagos y acudir a elementos valorativos cuya concreción no dependan de una valoración puramente personal del Juez [ ej. prevaricación urbanística, art. 320.1 CPen: a sabiendas de su injusticia ].

Delitos imprudentes: imposible determinación casuística de la infracción del cuidado debido.

Delitos de comisión por omisión: posición de garante [ art. 11 CPen ].

Definición de los estados peligrosos y selección de las medidas de seguridad.

LEGALIDAD FORMAL.

Leyes penales en blanco o en las que no se define de manera completa la conducta prohibida sino por remisión a otra norma, incluso de rango inferior a la Ley [ ej. delitos contra especies protegidas de fauna silvestre, art. 334.1 CPen: cazar… contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general ].

TC: Reenvío expreso, técnica justificable en razón del bien jurídico protegido, determinación de los elementos esenciales de la conducta (verbo típico), exigencia de certeza.