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- PRELACIÓN [ 368, 202 ]
- REHABILITADOS [ 201 ]
- OBLIGACIÓN DE REINGRESO A PLAZA RESERVADA [ 176.4 ]
- EFECTOS [ 203.1 ]
REHABILITADOS.
📕 Art. 201 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
El que fuere rehabilitado al amparo de lo dispuesto en el artículo 323.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, será destinado a la vacante que elija de las correspondientes a su categoría y para las que reúna las condiciones legales, dentro de las que hubieren quedado desiertas en el concurso. En otro caso, será destinado forzoso.
