Impugnación de la sentencia del Juzgado de lo penal en diligencias urgentes

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🗓️ Última revisión 30-12-2024

📝 MODELOS PROCESALES


📑 LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

LIBRO IV. De los procedimientos especiales [ 750 a 846 ]

TÍTULO III. Del procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos [ 795 a 803 ]


📕 Artículo 803 LECrim

1. Frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal podrá interponerse recurso de apelación, que se sustanciará conforme a lo previsto en los artículos 790 a 792, con las siguientes especialidades:

1.ª El plazo para presentar el escrito de formalización será de 📅 5 días.

2.ª El plazo de las demás partes para presentar escrito de alegaciones será de 📅 5 días.

3.ª La sentencia habrá de dictarse dentro de los 📅 3 días siguientes a la celebración de la vista, o bien dentro de los 📅 5 días siguientes a la recepción de las actuaciones, si no se celebrare vista.

4.ª La tramitación y resolución de estos recursos de apelación tendrán carácter preferente.

2. Respecto de las sentencias dictadas en ausencia del acusado se estará a lo dispuesto en el artículo 793.

3. Tan pronto como la sentencia sea firme se procederá a su ejecución, conforme a las reglas generales y a las especiales del artículo 794.