La antijuridicidad como elemento del delito. El delito como conducta antijurídica: causas de justificación y graduación de lo injusto

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📕 CÓDIGO PENAL

📕 Artículo 21 del Código Penal

Son circunstancias atenuantes:

1.ª Las causas expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.


En estos casos, la atenuación tiene como fundamento un menor desvalor del hecho.

1.- Legítima defensa.

  • Han de concurrir la agresión ilegítima, la necesidad de defensa y la conciencia y voluntad de defensa.
  • Pueden estar ausentes para apreciar la eximente incompleta la racionalidad del medio defensivo y/o la falta de provocación suficiente por parte del defensor.

2.- Estado de necesidad.

  • Han de concurrir la situación de necesidad y la conciencia y voluntad de evitar un mal propio o ajeno.
  • Pueden estar ausentes para apreciar la eximente incompleta que el mal causado sea menor o igual que el que se pretendía evitar, la falta de provocación intencionada de la situación de necesidad y /o la inexistencia de la obligación de sacrificarse.

3.- Obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.

  • Han de concurrir la situación de conflicto y la conciencia y voluntad de actuar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho.
  • Pueden estar ausentes para apreciar la eximente incompleta la salvaguarda de un interés igual o superior que el lesionado y/o el ajuste al contenido del deber o derecho ejercitado.