Iter criminis

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📕 Artículo 17 del Código Penal

1. […].

2. La proposición existe cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar en él.

3. La conspiración y la proposición para delinquir sólo se castigarán en los casos especialmente previstos en la Ley.


Es indiferente que la invitación a participar sea con actos de mera participación o con actos ejecutivos.


📘 Guía La Ley: Proposición para delinquir