La tipicidad. Tipos objetivo y subjetivo del delito doloso de acción, tipo del delito imprudente y tipos de los delitos de omisión

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El primer elemento del tipo del delito de acción doloso es la acción y pertenecen a ella todos pero sólo aquellos efectos que están comprendidos en la voluntad de realización del sujeto.

Puede incluir determinadas características del objeto de la acción, de la víctima, de las formas de ejecución o del tiempo o lugar de realización del delito.

Las especificaciones del sujeto activo, que dan lugar a delitos especiales [ propios e impropios ], serán relevantes para la participación de terceros ajenos a los indicados.

En la descripción de la conducta pueden concurrir elementos descriptivos [ organolépticos ] y normativos

  • Ej. hurto [ cosa mueble y ajenidad ].

El tipo puede describir la realización de una acción [ delito de actividad ] o la producción de un resultado [ delito de resultado ], en cuyo caso pertenecen al tipo la conducta, el resultado y la relación de causalidad conforme a la teoría de la equivalencia de las condiciones, así como que la conducta no se considere socialmente adecuada [ necesidad de utilización y consumo de los bienes jurídicos en la vida diaria ] y que se den los criterios de la imputación objetiva de la conducta y el resultado.