La tipicidad. Tipos objetivo y subjetivo del delito doloso de acción, tipo del delito imprudente y tipos de los delitos de omisión

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Lo injusto personal comprende el desvalor de la acción y del resultado y se sostiene sobre normas de determinación dotadas de sentido sobre juicios de valor acerca de los bienes jurídicos y las conductas que los ponen en peligro.

Lo injusto se integra por el desvalor de la acción o conjunto de elementos que la identifican como contraria a la norma y que el legislador tiene en cuenta para graduar la pena.

  • Está constituido por el dolo, demás elementos subjetivos de lo injusto, infracción de los deberes en los delitos especiales, modo, forma o grado de realización de la acción y peligrosidad de la misma.

Lo injusto se integra también por el desvalor del resultado constituido por la lesión o puesta en peligro concreto del bien jurídico.

Hay injustos parciales en que se adelanta la punición a la lesión o riesgo del bien jurídico mediante el desvalor de la acción:

  • Actos preparatorios, tentativa, delitos de resultado cortado o mutilados de varios actos.

En cambio, el desvalor de la acción es presupuesto del desvalor del resultado. Sin el primero no cabe el segundo:

  • Ej. resultado causado por fuerzas de la naturaleza.