🏠 ≡ Penal > Penal General > Derecho Penal en el ordenamiento jurídico. Principio de legalidad. Fuentes del Derecho Penal
- DELIMITACIÓN DEL DERECHO PENAL DEL RESTO DE SECTORES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO. DERECHO PENAL Y DERECHO ADMINISTRATIVO.
- NATURALEZA SECUNDARIA DEL DERECHO PENAL.
- FUENTES DEL DERECHO PENAL.
- PRINCIPIO DE LEGALIDAD DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS.
- PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN EL DERECHO PENAL ESPAÑOL.
- PROBLEMAS QUE PLANTEA.
- APLICACIÓN DEL DERECHO PENAL: INTERPRETACIÓN Y ANALOGÍA.
FUENTES DEL DERECHO PENAL.
📕 Artículo 1 del Código Civil.
1. Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
2. Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.
3. La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público, y que resulte probada.
Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad, tendrán la consideración de costumbre.
4. Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.
5. Las normas jurídicas contenidas en los tratados internacionales no serán de aplicación directa en España en tanto no hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Estado».
6. La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
7. Los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido.
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Principio de legalidad formal.
Reserva de Ley Orgánica [ art. 81 CE ], aunque cabe la duda de si es de aplicación cuando el bien jurídico y la pena no forman parte de los derechos fundamentales.
La costumbre podría ser fuente de una causa de justificación [ ejercicio legítimo de un derecho de paso consuetudinario ].
