🏠 ≡ Penal > Penal General > Responsabilidad penal de las personas jurídicas
- RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS [ 31 bis 1, 31 ter ]
- PERSONAS JURÍDICAS EXENTAS [ 31 quinquies ]
- ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN PREVENTIVA O COMPLIANCE [ 31 bis 2 a 5 ]
- ↗️ PENAS APLICABLES A LAS PERSONAS JURÍDICAS [ 33.7 ]
- ↗️ APLICACIÓN DE LAS PENAS A LAS PERSONAS JURÍDICAS [ 66 bis ]
- ATENUANTES [ 31 quater ]
- EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL [ 130.2 ]
- ↗️ RESPONSABILIDAD CIVIL [ 116.3 ]
ATENUANTES.
📕 Artículo 31 quater del Código Penal
1. Sólo podrán considerarse circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal de las personas jurídicas
➕ haber realizado, con posterioridad a la comisión del delito
➕ y a través de sus representantes legales,
las siguientes actividades:
a) Haber procedido, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra ella, a confesar la infracción a las Autoridades.
b) Haber colaborado en la investigación del hecho
aportando pruebas, en cualquier momento del proceso,
que fueran nuevas y decisivas para esclarecer las responsabilidades penales dimanantes de los hechos.
c) Haber procedido en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad al juicio oral a reparar o disminuir el daño causado por el delito.
d) Haber establecido, antes del comienzo del juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica.
