🏠 ≡ Penal > Penal Especial > Delitos contra las relaciones familiares > Suposición de parto y alteración de estado civil
- SUPOSICIÓN DE PARTO [ 220.1 ]
- OCULTACIÓN O ENTREGA DE UN HIJO PARA ALTERAR LA FILIACIÓN [ 220.2 ]
- SUSTITUCIÓN DE UN NIÑO POR OTRO [ 220.3 y 5 ]
- AUTORÍA POR ASCENDIENTES [ 220.4 ]
- CESIÓN MEDIANTE COMPENSACIÓN ECONÓMICA [ 221 ]
- DELITO ESPECIAL PROPIO [ 222 ]
SUSTITUCIÓN DE UN NIÑO POR OTRO.
📕 Artículo 220 del Código Penal
3. La sustitución de un niño por otro
será castigada con las penas de prisión de 1 a 5 años.
4. […]
5. Las sustituciones de un niño por otro
que se produjeren en 🏥 centros sanitarios o socio-sanitarios
por ⚠️ imprudencia grave de los responsables de su identificación y custodia [ delito especial impropio ],
serán castigadas con la pena de prisión de 6 meses a 1 año.
▪️ La finalidad es la modificación de la filiación.
▪️ Cabe tentativa.
