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- QUEBRANTAMIENTO DE CUSTODIA [ 223 ]
- INDUCCIÓN AL ABANDONO DEL DOMICILIO O A LA INFRACCIÓN DEL RÉGIMEN DE CUSTODIA [ 224 ]
- SUBTIPOS ATENUADOS [ 225 ]
SUBTIPOS ATENUADOS.
📕 Artículo 225 del Código Penal
Cuando el responsable de los delitos previstos en los 2 artículos anteriores
➕ restituya al menor de edad o a la persona con discapacidad necesitada de especial protección a su domicilio o residencia, o lo deposite en lugar conocido y seguro,
➕ sin haberle hecho objeto de vejaciones, sevicias o acto delictivo alguno,
➕ ni haber puesto en peligro su vida, salud, integridad física o libertad sexual,
➗ el hecho será castigado con la pena de prisión de 3 meses a 1 año
➗ o multa de 6 a 24 meses,
➕ siempre y cuando el lugar de estancia del menor de edad o la persona con discapacidad necesitada de especial protección haya sido comunicado a sus padres, tutores o guardadores, o la ausencia no hubiera sido superior a 24 horas.
