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- ENCUESTAS ELECTORALES [ 69 ]
PERIODO DE PROHIBICIÓN DE ENCUENTAS.
🗓️ 6-3-2019.
1º.- Objeto.
El objeto de esta Instrucción es fijar criterios interpretativos respecto a la normativa reguladora de la campaña electoral en el caso de simultaneidad de varios procesos electorales de ámbito nacional, como va a suceder con motivo de las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado de 28 de abril de 2019, y de las elecciones locales, autonómicas y europeas de 26 de mayo de 2019.
4º.- La prohibición de publicación, difusión o reproducción de encuestas electorales (artículo 69.7 de la LOREG).
La prohibición de publicar, difundir o reproducir sondeos electorales por cualquier medio de comunicación durante los 5 días anteriores al de la votación, establecida en el artículo 69.7 de la LOREG, debe entenderse aplicable a todos los procesos electorales convocados.
En consecuencia, la prohibición establecida respecto de las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado afectará a las encuestas electorales relativas a las elecciones locales, autonómicas y europeas.
