Contenido y extensión de la responsabilidad civil derivada del delito

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📕 Artículo 109 del Código Penal

1. La ejecución de un hecho descrito por la Ley como delito obliga a reparar, en los términos previstos en las leyes, los daños y perjuicios por él causados.

2. El perjudicado podrá optar, en todo caso, por exigir la responsabilidad civil ante la jurisdicción civil.