Liquidación de daños y perjuicios, frutos y rentas y rendición de cuentas

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PETICIÓN DE LIQUIDACIÓN.

📕 Artículo 713 LECiv. Petición de liquidación y presentación de relación de daños y perjuicios.

1. Junto con el escrito en que solicite motivadamente su determinación judicial, el que haya sufrido los daños y perjuicios presentará una relación detallada de ellos, con su valoración, pudiendo acompañar los dictámenes y documentos que considere oportunos.

2. Del escrito y de la relación de daños y perjuicios y demás documentos se dará traslado por el Letrado de la Administración de Justicia a quien hubiere de abonar los daños y perjuicios, para que, en el plazo de 📅 10 días, conteste lo que estime conveniente.