🏠 ≡ Procesal Civil > Prueba > Disposiciones comunes a la prueba documental
- DEBER DE EXHIBICIÓN DOCUMENTAL ENTRE PARTES [ 328, 329 ]
- EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS POR TERCEROS [ 330 ]
- TESTIMONIO DE DOCUMENTOS EXHIBIDOS [ 331 ]
- DEBER DE EXHIBICIÓN DE ENTIDADES OFICIALES [ 332 ]
- COPIAS DE DOCUMENTOS QUE NO SEAN TEXTOS ESCRITOS [ 333 ]
- VALOR PROBATORIO DE LAS COPIAS Y COTEJO [ 334 ]
TESTIMONIO DE DOCUMENTOS EXHIBIDOS.
📕 Artículo 331 LECiv. Testimonio de documentos exhibidos.
Si la persona de la que se requiera la exhibición según lo dispuesto en los artículos anteriores no estuviere dispuesta a desprenderse del documento para su incorporación a los autos, se extenderá testimonio de éste por el Letrado o Letrada de la Administración de Justicia en la sede del Tribunal, si así lo solicitare el exhibiente, o se digitalizará por funcionario competente bajo la fe del Letrado o Letrada de la Administración de Justicia.
Modificado por Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre [ Vigencia 20-3-2024 ]