🏠 ≡ Procesal Civil > Copias y traslados de documentos
- PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS Y DOCUMENTOS [ 273 ]
- TRASLADO POR LA OFICINA JUDICIAL [ 274 ]
- EFECTOS DE LA NO PRESENTACIÓN DE COPIAS [ 275 ]
- TRASLADO POR PROCURADOR [ 276, 277 ]
- EFECTOS PROCESALES DE LOS TRASLADOS DOCUMENTALES [ 278 ]
- FUNCIÓN DE LAS COPIAS [ 279 ]
- DENUNCIAS DE INEXACTITUD [ 280 ]
FUNCIÓN DE LAS COPIAS.
📕 Artículo 279 LECiv. Función de las copias.
1. Las pretensiones de las partes se deducirán en vista de las copias de los escritos, de los documentos y de las resoluciones del Tribunal o Letrado de la Administración de Justicia, que cada litigante habrá de conservar en su poder.
2. No se entregarán a las partes los autos originales en formato papel, sin perjuicio de la puesta a disposición del expediente judicial electrónico en los casos en que proceda, y de que, en los casos en que no estén obligadas a intervenir a través de medios electrónicos con la Administración de Justicia, puedan pedir y obtener copia de algún escrito o documento.
Modificado por Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre [ Vigencia 20-3-2024 ]
🗓️ Redacción anterior:
2. No se entregarán a las partes los autos originales en formato papel, sin perjuicio de que puedan obtener, a su costa, copias de algún escrito o documento.