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- ROBO [ 237 ]
- ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS
- TIPO BÁSICO [ 238, 239 ]
- PENALIDAD [ 240 ]
- ROBO EN CASA HABITADA O EDIFICIO O LOCAL ABIERTOS AL PÚBLICO [ 241 ]
- ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS [ 242 ]
- PROVOCACIÓN, CONSPIRACIÓN Y PROPOSICIÓN [ 269 ]
- PUNIBILIDAD: EXCUSA ABSOLUTORIA [ 268 ]
ROBO.
📕 Artículo 237 del Código Penal.
Son reos del delito de robo los que,
💡 con ánimo de lucro,
✅ se apoderaren de las cosas muebles ajenas
➗ empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran
➗ o violencia o intimidación en las personas,
▪️ sea al cometer el delito,
▪️ para proteger la huida,
▪️ o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.