Fraude y malversación de subvenciones

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SUPUESTOS ATENUADOS.

📕 Artículo 308 del Código Penal

8. Los jueces y tribunales podrán imponer al responsable de este delito la pena inferior en 1 ó 2 grados, siempre que, antes de que transcurran 2 meses desde la citación judicial como investigado, lleve a cabo el reintegro a que se refiere el apartado 6 y reconozca judicialmente los hechos. Lo anterior será igualmente aplicable respecto de otros partícipes en el delito distintos del obligado al reintegro o del autor del delito, cuando colaboren activamente para la obtención de pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables, para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos o para la averiguación del patrimonio del obligado o del responsable del delito.