¿Se lo escribo o se lo lleva puesto?

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Esta mañana he celebrado juicios de faltas.

He terminado todos ellos, salvo uno, dictando sentencia oralmente en el momento de concluirlos.

Creo que esta posibilidad actualmente prevista para las faltas y para los juicios rápidos por delito, debería extenderse a más ámbitos de enjuiciamiento y, en lo que yo más conozco, a los juicios civiles de menor cuantía.

Es cierto que en muchas ocasiones la pluralidad de cuestiones a resolver, la complejidad técnica del tema o la conveniencia de meditar el asunto antes de fallarlo, pueden aconsejar sentarse a escribir.

Pero en otras muchas, la decisión es inmediata al juicio y fácilmente transmisible al justiciable, de modo que posponerla a su redacción escrita no es más que una pérdida de tiempo y de la posibilidad de que se perciba la Justicia como algo más ágil.

Debería dejarse al juez la decisión en cada caso concreto.

Por supuesto, para que lo anterior contribuyera a agilizar el sistema, tendría que suprimirse la obligación de redactar por escrito las decisiones orales, más allá de su fallo. Su videograbación es más que suficiente para garantizar el derecho de los ciudadanos a conocerlas, poderlas combatir y, una vez firmes, exigir su cumplimiento.

Vaya, como si viviésemos una época audiovisual, de Internet, ordenadores, tablets, smartphones y no de pergaminos, sobres y lacres.

Jorge-Oswaldo Cañadas Santamaría.