Incendios

🏠Penal > Penal Especial > Delitos contra la seguridad colectiva > Incendios


TEST.

18J1A05

No será constitutivo de delito el incendio de bienes propios:

a) Si ha perjudicado levemente un espacio natural.

b) Si ha causado un perjuicio.

c) Si ha perjudicado de forma grave los bosques.

d) Si hay peligro de propagación a un edificio.

⬆️ Subir

18J2A07

La conducta de prender fuego a una masa forestal sin que llegue a propagarse el incendio:

a) No será constitutiva de delito.

b) Se castigará únicamente como un delito imprudente.

c) Será constitutiva de delito.

d) Será constitutiva de un delito de daños.

⬆️ Subir

19J1A08

El que provoca un incendio que no es un incendio forestal, ni en zona no forestal ni en bienes propios y que no comporta peligro para la integridad física de las personas:

a) Comete un delito de incendio atenuado.

b) Comete un delito de incendio, pero el juez o tribunal puede rebajar la pena atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.

c) Los hechos se castigan como daños.

d) No comete ningún delito.

⬆️ Subir

2506A07

En el delito de incendios forestales del art. 352 CPen. el bien jurídico protegido es:

a) La vida, la salud y la integridad física de las personas.

b) El patrimonio.

c) La fauna y la flora silvestre.

d) La riqueza forestal, no por su valor material, sino por su impacto medioambiental.

⬆️ Subir