Cambio de situación administrativa en la Carrera Judicial

🏠Constitucional > Poder Judicial > Situaciones profesionales > Cambio de situación



📕 Artículo 207 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial

La Comisión Permanente del CGPJ resolverá sobre la situación administrativa de Jueces y Magistrados.

Contra el acuerdo de la citada Comisión Permanente, podrá interponerse el recurso que legalmente proceda ante el Pleno del CGPJ, en los plazos, forma y motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Actual Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas