Excedencia por violencia sobre la mujer en la Carrera Judicial

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  • ↗️ REINGRESO [ 360 bis.4 ] [ 186.5 ]

📕 Artículo 360 bis LOPJ

1. Las Juezas y Magistradas víctimas de violencia de género tendrán derecho a solicitar la situación de excedencia por razón de violencia sobre la mujer sin necesidad de haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos.

En esta situación administrativa se podrá permanecer un plazo máximo de 🗓️ 3 años.

📕 Idem. art. 186.1 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial