Presentación y proclamación de candidatos a las elecciones municipales

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📕 Art. 187 bis LOREG

1. Los ciudadanos, elegibles de acuerdo con lo previsto en el artículo 177.1, en el momento de presentación de las candidaturas deberán aportar, además de los documentos necesarios para acreditar que reúnen los requisitos exigidos por la legislación española, una declaración formal en la que conste:

a) Su nacionalidad, así como su domicilio en España.

b) Que no se encuentran privados del derecho de sufragio pasivo en el Estado miembro de origen.

c) En su caso, la mención del último domicilio en el Estado miembro de origen.